El TSXG reconoce el derecho al paro a una madre despedida en un empleo temporal mientras estaba en excedencia por cuidado de hijo.
El TSXG avala el derecho al paro de una madre despedida en un empleo temporal mientras estaba en excedencia por cuidado de hijo. La sentencia reconoce el derecho a la conciliación familiar y laboral y rechaza la interpretación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que obligaría a la madre a reincorporarse a su antiguo trabajo, renunciando al cuidado de su hijo.
Hechos del caso:
- La trabajadora estaba en excedencia por cuidado de hijo desde octubre de 2022.
- En ese tiempo, comenzó a trabajar en una empresa de trabajo temporal.
- Su contrato en la empresa temporal fue extinguido en junio de 2023.
- Solicitó el paro, pero el SEPE se lo denegó.
- La trabajadora recurrió la decisión del SEPE y ganó en primera instancia.
- El TSXG ha confirmado la sentencia de primera instancia.
Argumentos del TSXG:
- La trabajadora se encuentra en situación legal de desempleo.
- La trabajadora no tiene la obligación de reincorporarse a su antiguo trabajo mientras esté en excedencia.
- La trabajadora tiene derecho a conciliar su vida familiar y laboral.
- La interpretación del SEPE vulnera los derechos fundamentales de la trabajadora.
Importancia de la sentencia:
- La sentencia es un paso importante para garantizar el derecho a la conciliación familiar y laboral.
- La sentencia protege a las madres que se encuentran en excedencia por cuidado de hijo.
- La sentencia evita que las madres se vean obligadas a elegir entre cuidar a sus hijos o trabajar.
La sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
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