Condenado por amenazar a su pareja con «arrancar la cabeza», a pesar del silencio de la víctima. Un caso de violencia de género donde el testimonio del vecino fue clave.

La Audiencia Provincial de Murcia ha ratificado una condena de 9 meses de prisión para un hombre por un delito de amenazas en el contexto de la violencia de género. La sentencia se mantuvo firme, incluso cuando la víctima decidió no declarar en ninguna de las fases del proceso. Esta situación, lamentablemente común en casos de esta índole, subraya la complejidad de estas situaciones y la crucial importancia de otras pruebas.

Detalles de la sentencia confirmada

El tribunal desestimó completamente el recurso presentado por la defensa del condenado, que buscaba la absolución por supuestos errores en la valoración de las pruebas o, subsidiariamente, una reducción de las penas. Así, se confirmó la pena de 9 meses de cárcel, la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima, y la suspensión del derecho a la posesión de armas durante 2 años.

El incidente y la intervención vecinal

Según los hechos probados, el acusado profirió graves amenazas contra su pareja en el hogar que compartían, diciéndole con voz alta y clara: «Te voy a arrancar la cabeza». Estas palabras fueron escuchadas por un vecino, quien rápidamente avisó a la Guardia Civil. El testimonio de este vecino fue considerado por el tribunal como «persistente, detallado y verosímil», lo que resultó crucial para la sentencia.

La actitud de la víctima y la argumentación de la defensa

La defensa del acusado argumentó que la falta de denuncia o declaración por parte de la mujer era incoherente con una situación de amenazas. También insinuó que el vecino podría tener animadversión hacia la pareja debido a las constantes discusiones, y no por el carácter amenazante de las mismas.

Sin embargo, la sentencia judicial enfatiza que la actitud de la víctima de no declarar no puede interpretarse como una prueba de inocencia para el agresor. Se recordó que la negativa a denunciar o testificar es un fenómeno habitual en víctimas de violencia de género, influenciado por múltiples factores emocionales, psicológicos y sociales.

Razones detrás del silencio de las víctimas de violencia de género

Son diversas las razones por las que muchas personas que sufren violencia de género no denuncian a su pareja. Entre ellas se encuentran:

  • Miedo a mayores represalias
  • Falta de apoyo social y aislamiento
  • Dependencia económica
  • Deseo de proteger a los hijos o incluso a las mascotas
  • Sentimientos de culpa, vergüenza y estigmatización
  • Aislamiento aprendido
  • Ansiedad por la soledad que las mantiene dependientes de su agresor
  • Apego traumático
  • Ciclo de violencia que alterna agresiones con periodos de arrepentimiento
  • Baja autoestima que las lleva a internalizar la culpa
  • Poca confianza en el sistema judicial

El testimonio del vecino: la pieza clave

El tribunal concluyó que la reticencia de la víctima a denunciar y testificar contra su agresor es una consecuencia directa de la intensa victimización que sufre, tal y como describió el testigo. Durante el juicio, el vecino relató que desde su vivienda se escuchan a diario las discusiones de la pareja. Aseguró que en ocasiones el hombre ha encerrado a la mujer en el lavadero y le ha arrancado mechones de pelo, y que ha oído a la chica llorar en numerosas ocasiones.

La Sala explicó que la actitud desinteresada del vecino se refuerza por su comportamiento tras escuchar amenazar a su pareja con «arrancar la cabeza». Llamó a la Guardia Civil únicamente para ayudar a la chica, cansado de que nadie actuara ante una situación que era de conocimiento público y que le causaba pena, temiendo que un día le sucediera algo grave.

Lo que este testigo relató se corroboró con el testimonio de los agentes de la Guardia Civil que acudieron al domicilio. No solo reprodujeron lo que el vecino les contó en términos idénticos a los usados en el juicio, sino que confirmaron que, al llegar a la vivienda, tanto el acusado como la víctima se encontraban muy alterados. Por lo tanto, bajo estas condiciones, el testimonio del vecino fue suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado.

Rechazo a la solicitud de rebaja de penas

En cuanto al segundo punto del recurso, que solicitaba la rebaja de las penas impuestas, la Sala recordó que la sentencia inicial había fijado las penas (principal y accesoria) en su extensión mínima, basándose en el límite legal más bajo. Por ello, se mantuvo el criterio original, rechazando así el recurso y confirmando la sentencia apelada.

Contra esta sentencia aún cabe la posibilidad de presentar un recurso de casación por infracción de ley.

Imagen generada con IA

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