Solicita la nueva prestación extraordinaria por emergencia de incendios del SEPE. Requisitos y trámite fácil.
Foto: IA por Gemini para jerezsinfronteras.es.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ha detallado las condiciones de la prestación extraordinaria por emergencia extrema (PEEE) para proteger el empleo de las personas trabajadoras afectadas por la reciente ola de incendios forestales.
Esta medida garantiza un respaldo económico a quienes se ven obligados a suspender temporalmente su contrato laboral por causas personales y familiares derivadas de la emergencia climática.
¿En qué situaciones se puede solicitar?
A diferencia de un ERTE de fuerza mayor tramitado por la empresa, esta prestación se dirige a las personas trabajadoras por cuenta ajena que necesiten suspender temporalmente su contrato a partir de los incendios iniciados el 22 de julio por alguno de los siguientes motivos:
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Imposibilidad de acceder a su domicilio habitual.
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Acondicionamiento o recuperación de la vivienda afectada.
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Realización presencial de trámites para recuperar documentos oficiales o públicos.
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Cuidado y atención de familiares afectados (hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad).
Requisitos clave para acceder a la prestación
Para beneficiarse de la PEEE se deben cumplir los siguientes requisitos:
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Régimen de la Seguridad Social: Estar dado de alta como trabajador o trabajadora por cuenta ajena en el Régimen General.
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Suspensión del contrato: Haber solicitado a la empresa la suspensión temporal del contrato por alguna de las causas indicadas.
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Inscripción: Estar inscrito/a como demandante de empleo.
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Residencia: Tener el domicilio habitual en una zona afectada por los incendios forestales.
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Edad e incompatibilidades: No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación ni percibir prestaciones incompatibles.
Cuantía, duración y protección de cotizaciones
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Cuantía: La prestación equivale a la de una prestación contributiva ordinaria de desempleo.
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Duración: Tendrá la misma duración que la causa que motivó la suspensión del contrato, con un límite máximo de cuatro meses.
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Protección del desempleo: El cobro de esta ayuda no consume las cotizaciones acumuladas, que se mantendrán intactas para futuras prestaciones.
¿Cómo se tramita la solicitud?
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Comunicación a la empresa: La persona trabajadora debe solicitar la suspensión a su empresa. A su vez, la empresa es la encargada de enviar al SEPE el certificado de empresa con las bases de cotización.
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Solicitud ante el SEPE: Se puede solicitar pidiendo cita previa para acudir a cualquier oficina de prestaciones del SEPE (y próximamente estará habilitado el trámite a través del Área Personal en la web oficial).
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