Condenado a un hombre por agredir sexualmente a su sobrina durante 30 años, rechazando las alegaciones del procesado sobre la presunción de inocencia y la credibilidad de la víctima.

Un caso desgarrador: Condenado por abusar de su sobrina durante 30 años

Un hombre ha sido condenado a 17 años y tres meses de prisión por agredir sexualmente, robar y golpear a su sobrina durante 30 años. La Audiencia de Álava dictó la sentencia inicial, y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) la ha confirmado, desestimando el recurso del procesado.

Derecho a la presunción de inocencia vs. credibilidad de la víctima

El procesado alegó vulneración de su derecho a la presunción de inocencia y cuestionó la credibilidad de la víctima, aduciendo sus problemas psiquiátricos. Sin embargo, el TSJPV ha sido contundente: «no cabe cuestionar la capacidad de una persona con trastorno mental para trasladar un testimonio fiable».

Discriminación y diversidad funcional

El tribunal ha destacado que negar la capacidad de una persona con problemas mentales para testificar de forma fiable sería discriminatorio. «Las personas con patología mental sí tienen aptitud para testificar», ha remarcado.

Fiabilidad del testimonio

En este caso concreto, diversos peritos en psiquiatría y psicología concluyeron que el testimonio de la víctima no era producto de su trastorno mental, descartando fabulación, delirio o mendacidad. El TSJPV lo califica como «un relato procedente de una persona subjetivamente creíble».

Corroboración del testimonio

La víctima no solo ha sido considerada creíble, sino que su testimonio ha sido corroborado por la declaración de diversos testigos y por informes periciales. «Los datos provenientes de las fuentes de prueba referidas validan el testimonio de la víctima», ha concluido el TSJPV.

Justicia para la víctima

La sentencia del TSJPV representa un paso importante en la lucha contra la violencia machista y la defensa de los derechos de las víctimas. El tribunal ha garantizado que la presunción de inocencia del procesado no ha impedido que se haga justicia a la víctima.

Recurso al Tribunal Supremo

La sentencia del TSJPV puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, pero sin duda este caso ya ha sentado un precedente importante en la defensa de las víctimas de agresiones sexuales, especialmente aquellas que son vulnerables debido a problemas de salud mental.

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