Torturar a los presos ha sido siempre la cosa más común y esperable en las cárceles de España a lo largo de varios siglos, como mínimo hasta 1752, fecha en la que encontramos un acuerdo municipal relativo a:

“El receptor del papel sellado reclama el abono en cuenta de 3.000 reales, que por mandato judicial había pagado al verdugo, por el trabajo de dar tormento en la cárcel” (el documento original en AMJF, A.C., 1752, marzo, 2).

Pero el asunto venía de muy atrás. En 1468 se hallan en las actas capitulares tenebrosos textos que son resumidos así por el archivero municipal A. Fernández Formentani:

“…el carcelero, para sacar dinero de los presos, les amenazaba con echarles la cadena gorda, que así lo hizo con gañanes suyos, presos, por hallarse en la calle después de tañida la campana de la queda: que por cada jarra de agua que daba, llevaba una blanca: que puso a dichos gañanes detrás de la red, y que cada uno de ellos le dio sendos cuartos para que los sacase de allí” (original en AMJF, A.C., abril, 11);

“Se da libranza de 80 mrs., gastados en una escalera hecha en la cárcel para dar tormento” (original en AMJF, A.C., julio, 30).

Pero detengámonos, particularmente, en este acuerdo capitular de 28 de septiembre de 1467, conservado en las actas capitulares que obran en el Archivo Municipal de Jerez. Este cuenta cómo un tal Antón Palomino acusaba a la ciudad de no torturar debidamente al supuesto asesino Martín Mendaño por, según Palomino, haber dado muerte a Juan de Jaén, primo suyo. Eso además de pedir una triplicación de la cantidad de tortura y de solicitar también que se le infligiera un trato “syn afeçion e syn fingimiento alguno”, es decir, un trato cruel.

Lo que dijo Antón Palomino fue que ni el alcalde de la justicia ni los dos alcaldes mayores de la ciudad mandaron torturar con severidad a Martín Mendaño, como se torturaba de costumbre usando el método del ahogamiento simulado o tortura del agua:

“Le dieron media jarrilla de agua syn lo atar como se acostunbra e le devyeran / dar treynta e çinco o quarenta jarrillas de agua e no han llegado despues a el e segund / la gravedad del delito e notoriedad seyendo traydos los huesos e conosçidos e / myrando la mala fama de ser matador e ladron devyeran continuar e agravar el / tormento dandole a lo menos tres tormentos como es derecho e el postrimero el del trato / syn afeçion e syn fingimiento alguno”.

El precioso documento capitular de Jerez detalla los debates entre los caballeros capitulares para “saber la verdad” (un eufemismo comparable a torturar en ciertas partes del texto) acerca de lo que había hecho el acusado Martín Mendaño, demuestra que era una práctica común la tortura en la cárcel pública y da a entender que era un posible motivo de desórdenes públicos que la justicia de la época dejara sin castigar los delitos con la severidad requerida, particularmente el delito de homicidio.

El documento, disponible en el Archivo Municipal de Jerez: Acceso al original en el PDF nº 151 de la web del Archivo Municipal (fº 117r. y 117v.).

tortura

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