El Tribunal Supremo liquida la responsabilidad penal de los líderes del procés independentista catalán como Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Dolors Bassa y Carles Puigdemont. La decisión judicial aplica la Ley de Amnistía por orden directa del Tribunal Constitucional, cancelando las penas de inhabilitación por malversación y retirando la orden de detención nacional sobre el expresidente catalán.
¿Qué ha resuelto el Tribunal Supremo sobre los condenados del procés?
La Sala de lo Penal del Alto Tribunal declara extinguida la responsabilidad criminal derivada de la sentencia dictada en la causa. Los magistrados asumen en su integridad la orden del Tribunal Constitucional, que concedió el amparo a los dirigentes procesados al considerar aplicable la amnistía al delito de malversación de fondos públicos.
Esta decisión beneficia de forma directa al exvicepresidente Oriol Junqueras y a los exconsellers Dolors Bassa, Jordi Turull y Raül Romeva. Todos ellos mantenían penas pendientes de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público hasta esta resolución. El tribunal ya ha comunicado el auto al Ministerio de Justicia para proceder a la cancelación de sus antecedentes penales. La medida alcanza también a Carme Forcadell, Josep Rull, Joaquim Forn y Meritxell Borràs.
La Sala del Supremo aplica la norma por imperativo legal, pero expresa un duro reproche en su escrito. Considera que el órgano de garantías incurre en una injerencia en las competencias de la jurisdicción ordinaria. Los jueces señalan que el Constitucional utiliza una narrativa grandilocuente para camuflar un fallo que rompe con su propia jurisprudencia histórica.
¿De qué se les acusaba y cómo fueron evolucionando sus penas?
Los dirigentes catalanes afrontaron acusaciones muy graves por la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la posterior declaración unilateral de independencia del 27 de octubre de 2017. En el juicio posterior, el tribunal fijó condenas por dos delitos principales: la sedición y la malversación de fondos públicos.
El delito de sedición castigaba la incitación a movilizaciones masivas para impedir la aplicación de las leyes y resoluciones judiciales. Por este motivo y por la malversación de dinero de la Generalitat para financiar la logística de la votación, Oriol Junqueras recibió una pena de 13 años de prisión e inhabilitación. Por su parte, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa resultaron condenados a 12 años de prisión e inhabilitación en la histórica sentencia del 14 de octubre de 2019.
El recorrido penal cambió radicalmente en junio de 2021, cuando el Gobierno central concedió el indulto parcial a los encarcelados. Esta medida les perdonó los años de prisión pendientes y les permitió salir de la cárcel, aunque mantuvo intactas las inhabilitaciones. Posteriormente, a finales de 2022, el Parlamento derogó por completo el delito de sedición del Código Penal. El proceso culmina ahora con la amnistía del delito de malversación restante, justo cuando se cumplen siete años de aquella sentencia inicial de octubre.
¿Cómo afecta la amnistía a la causa penal de Carles Puigdemont?
La resolución sobre el delito de malversación se extiende de manera automática a la situación procesal de Carles Puigdemont. Como presidente de la Generalitat durante el otoño de 2017, afrontaba responsabilidades como máximo impulsor del proyecto independentista. Su trayectoria judicial ha seguido un camino totalmente distinto al del resto de su gabinete.
A diferencia de sus consejeros, Puigdemont se trasladó a Bélgica el 30 de octubre de 2017 para evitar la acción de los tribunales. Al encontrarse fuera de España, la legislación impedía juzgarlo en rebeldía y la causa quedó paralizada en fase de instrucción, mantenida viva mediante sucesivas órdenes internacionales y nacionales de arresto. Sobre él pesaban acusaciones por sedición, malversación y desobediencia.
Al asumir el criterio del Tribunal Constitucional, el juez instructor levanta la orden nacional de busca, captura e ingreso en prisión. Eliminada la sedición del texto legal y amnistiada la malversación por desviación de recursos públicos, la causa judicial se encamina hacia el archivo definitivo. Puigdemont recupera la plena libertad de movimientos en España sin riesgo de detención, cerrando un ciclo de casi nueve años desde su salida del país.
¿Siente el ciudadano de a pie que la justicia actúa diferente según el poder?
El desenlace de este largo proceso judicial reabre un intenso debate en la opinión pública sobre la verdadera eficacia del principio de igualdad ante la ley. Millones de ciudadanos perciben con desconcierto cómo delitos de enorme gravedad institucional se diluyen mediante acuerdos políticos, reformas legales a medida y cambios de criterio entre tribunales.
Esta sensación de agravio se fundamenta en la clara disparidad de medios y consecuencias que sufre el contribuyente común. Un ciudadano de a pie enfrenta embargos severos, sanciones administrativas implacables o penas de prisión por faltas o impagos fiscales de reducida cuantía, sin margen para negociar excepciones legales.
Por contra, los representantes políticos de alto nivel cuentan con valiosos recursos económicos, defensas letradas de primer orden y la capacidad de influir en las mayorías parlamentarias para modificar el Código Penal a su favor. Cuando los contrapesos del Estado se adaptan a las conveniencias del poder político, la sociedad civil siente que la justicia aplica una doble vara de medir según el estatus del procesado.
¿Crees que la resolución final de la causa del procés perjudica la credibilidad del sistema judicial frente al ciudadano de a pie?
[Foto: IA para Gemini / jerezsinfronteras.es]
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