
En Jerez de la Frontera y en toda España, hay muchas amas de casa que dedicaron su vida a cuidar de su hogar y familia. A menudo, esta labor fundamental significó no poder cotizar a la Seguridad Social de la manera tradicional. Al llegar la edad de la jubilación, esta realidad puede generar preocupación por la estabilidad económica.
Afortunadamente, existen mecanismos de apoyo pensados para estas situaciones. Uno de los más importantes es la pensión no contributiva, una prestación diseñada para quienes no han cotizado lo suficiente o nunca lo han hecho, y que les permite contar con un respaldo económico básico en su jubilación. Entender cómo funciona esta ayuda es clave para muchas familias en nuestra ciudad.
Qué es esta pensión y quién puede solicitarla
La pensión no contributiva de jubilación es una ayuda económica que no depende de haber cotizado previamente. La gestionan el IMSERSO y las distintas comunidades autónomas. Su objetivo es garantizar unos ingresos mínimos a personas mayores que se encuentran en una situación de necesidad y que, por su historial laboral (o la falta de él), no pueden acceder a una pensión contributiva ordinaria. Es un apoyo esencial para muchas mujeres, especialmente de generaciones pasadas, que asumieron el rol principal del cuidado familiar sin un empleo remunerado fuera de casa.
Para el año 2025, la cantidad base que se puede recibir con esta pensión alcanza los 564,70 euros mensuales. Esto suma un total de 7.905,80 euros al año, repartidos en 14 pagas. Es importante saber que esta cantidad puede ajustarse dependiendo de las circunstancias económicas y personales de quien la solicita.
Requisitos clave para acceder a la ayuda
Para poder beneficiarse de esta pensión, hay que cumplir una serie de condiciones establecidas por el IMSERSO. La primera es tener al menos 65 años de edad. Además, es necesario haber residido legalmente en España durante un mínimo de 10 años. De esos 10 años, los dos últimos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores al momento de presentar la solicitud.
Otro requisito fundamental tiene que ver con los ingresos económicos. No se deben superar ciertos límites de rentas anuales. En 2025, para una persona sola, este límite es de 7.905,80 euros anuales. Si la solicitante vive con familiares, este tope de ingresos varía. Por ejemplo, si convive con dos personas (cónyuge o parientes hasta segundo grado), el límite sube a 12.326,02 euros al año. Con tres convivientes es de 17.401,44 euros, y con cuatro, de 22.476,86 euros. Si conviven con padres o hijos, los umbrales son más altos. Por último, como su nombre indica, no se debe estar recibiendo ya otra pensión de jubilación de tipo contributivo.
El proceso paso a paso
Si cumples los requisitos y quieres solicitar esta ayuda en Jerez, el procedimiento es bastante claro, aunque requiere reunir la documentación necesaria. El primer paso es conseguir el formulario de solicitud. Está disponible en la página web del IMSERSO o directamente en los servicios sociales de la comunidad autónoma. Una vez que tengas el formulario, deberás rellenarlo con tus datos y adjuntar varios documentos clave, como tu DNI, el certificado de empadronamiento que acredite tu residencia y justificantes de tus ingresos y patrimonio.
La solicitud se puede presentar en la oficina de servicios sociales que te corresponda, o en algunos casos, si la comunidad autónoma lo permite, de forma telemática a través de internet. También puedes hacerlo de manera presencial. El tiempo que tardan en responder a la solicitud puede variar, a menudo son varios meses, dependiendo de la carga de trabajo de la administración. Si la pensión es concedida, los pagos suelen tener efecto retroactivo desde el mes siguiente a la fecha en que presentaste la solicitud completa. Es crucial recordar que, una vez que se recibe esta pensión, hay que presentar una declaración anual de ingresos antes del 31 de marzo de cada año para confirmar que se siguen cumpliendo los límites económicos. No hacerlo puede causar una suspensión temporal de la ayuda, que se podría recuperar si se presenta la información dentro de los 90 días siguientes.
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