El TSJPV otorga la fijeza a una empleada interina por abuso de temporalidad al superar el proceso selectivo sin plaza.


Ilustración recrea de forma satírica el laberinto legal de la empleada municipal. Foto: IA por Gemini para jerezsinfronteras.es.


¡De no creer! Consigue la fijeza en el ayuntamiento tras suspender la plaza pero aprobar el examen

El mundo de la oposición a veces supera cualquier guion de ficción. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) acaba de reconocer la condición de personal fijo a una empleada municipal que jamás obtuvo su plaza en el proceso selectivo. Tras encadenar contratos temporales desde 1995, se presentó a los exámenes en 2022, aprobó, pero se quedó fuera por falta de vacantes. Hoy, la justicia utiliza ese «aprobado sin plaza» para hacerla fija.

Esta revolucionaria resolución sobre la fijeza por abuso de temporalidad del TSJPV abre una vía crucial para miles de empleados públicos.

La paradoja legal que desmonta las normas de la oposición

Parece un contrasentido, pero la Sala de lo Social del TSJPV ha aplicado con estricto rigor el nuevo criterio del Tribunal Supremo. El Alto Tribunal dictaminó en mayo que la Constitución prohíbe regalar plazas fijas por el mero hecho de sufrir un abuso contractual. El acceso a la función pública exige superar los principios de mérito y capacidad.

La sorpresa llega con la letra pequeña de la ley. Si un interino se examina para una plaza fija, aprueba todo el proceso, pero se queda sin puesto porque hay más aprobados que vacantes, el examen cuenta. Si la Administración lo sigue contratando de forma temporal y abusiva tras ese aprobado, la situación se vuelve tan surrealista que la ley obliga a transformarlo en fijo.

Del banquillo de los interinos a conseguir la plaza por sentencia

La demandante trabajaba en una escuela infantil municipal y se presentó al proceso de estabilización en 2022. La convocatoria ofrecía solo dos plazas vacantes y ella quedó en cuarto lugar por puntuación. En cualquier oposición esto significaría quedarse en la calle o en la bolsa de empleo. De hecho, el juzgado de Bilbao solo le otorgó la condición de indefinida no fija.

Sin embargo, el TSJPV ha dado un vuelco absoluto a la lógica tradicional de las oposiciones:

«La superación de un proceso selectivo por el trabajador es suficiente, si es en una convocatoria para puesto fijo y no temporal, para consolidar la fijeza, porque con tal acontecer se demuestra la superación de un procedimiento de acceso a la función pública con los requisitos del artículo 103.3 de la Constitución Española por parte del trabajador».

Las tres carambolas temporales del aprobado

  • Aprobar antes: El aspirante pasa el examen y entra en una bolsa que se vuelve abusiva.

  • Aprobar durante: El empleado se examina mientras encadena contratos sin fin.

  • Aprobar después: La persona supera la prueba tras años de interinidad ilegal.

Un examen aprobado vale oro, sin importar cuándo se haga

Para el tribunal autonómico, resulta indiferente el momento en el que el trabajador consiga el aprobado. Sostener que solo tienen derecho a la fijeza quienes aprobaron antes de sufrir la contratación abusiva resulta insostenible para los magistrados. Esta nueva interpretación de la fijeza por abuso de temporalidad del TSJPV marca un antes y un después en el sector judicial.

«Diferenciar que la oposición la superen antes de la contratación irregular, mientras dura la misma o después es introducir un factor de distinción inadecuado».

El TSJPV concluye que hacer distinciones por fechas provocaría una «quiebra importante» del principio de igualdad y perjudicaría a miles de interinos en activo. Aunque la sentencia no es firme y la Administración puede recurrir ante el Tribunal Supremo, el precedente ya está dictado.


¿Consiguió la empleada la plaza finalmente?

Técnicamente no consiguió la plaza de la oposición, pero sí consiguió la fijeza absoluta. Aunque parece lo mismo, existe una gran diferencia jurídica que hace a este caso tan sorprendente:

  • En el proceso selectivo: Quedó eliminada de los puestos ofertados. El Ayuntamiento solo ofrecía dos vacantes y ella quedó en cuarta posición por puntuación, por lo que oficialmente no obtuvo plaza.

  • En el tribunal: Al demostrar que era totalmente capaz de aprobar el examen, el TSJPV determinó que mantenerla con contratos temporales tras ese aprobado constituía un abuso ilegal. Por tanto, el juez dictaminó su fijeza como trabajadora, otorgándole exactamente los mismos derechos de permanencia y estabilidad que si hubiese ganado una de aquellas dos plazas originales.


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