El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirma la pena de 5 años de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla contra un hombre por un delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años, sobrina de la que era su pareja sentimental, cometido en la provincia y en la capital hispalense entre 2012 y 2017.

¿Qué condena impone el TSJA por los abusos a la menor en Sevilla?

La Sección de Apelación Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestimó íntegramente el recurso de la defensa. Por ello, la resolución judicial ratifica la pena de 5 años de cárcel y suma 10 años de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio con contacto regular con menores.

Asimismo, el fallo impone la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros de la víctima durante una década. El condenado deberá abonar una indemnización de 8.000 euros a la joven por los perjuicios sufridos tras las agresiones continuadas.

Un patrón de sumisión iniciado cuando la víctima tenía máximo 10 años

Los hechos delictivos ocurrieron de forma repetida desde enero de 2012 hasta 2017. El cálculo legal establece que la víctima tenía como máximo 10 años al inicio de los abusos y 15 años cuando cesaron. El agresor actuó con la clara intención de satisfacer sus deseos sexuales.

El acusado se valió de la especial ascendencia e influencia sobre la menor. La niña lo consideraba una figura sustitutiva del padre tras la separación de sus propios progenitores, al tratarse de la pareja de su tía.

El agresor cometió los abusos en dos escenarios distintos. El primer periodo transcurrió a solas en un pueblo de la provincia de Sevilla, donde residía con su pareja y su hija. El segundo periodo tuvo lugar en el domicilio de su madre en la capital hispalense, donde se trasladó tras la ruptura sentimental.

Manipulación mediante dispositivos tecnológicos y silencio forzado

El tribunal declaró probado que el hombre exigía a la víctima que guardara silencio sobre lo que sucedía. Para garantizar su objetivo sexual, el acusado premiaba a la menor con el uso de una tableta electrónica o condicionaba el préstamo del dispositivo a que ella accediera a sus pretensiones.

¿Por qué el Tribunal Superior valida el testimonio de la víctima?

La defensa solicitó la revisión de la prueba de cargo alegando error en la valoración del testimonio. La representación legal del acusado cuestionó los requisitos de ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia en la incriminación de la joven.

El tribunal andaluz determinó que el recurso no aporta datos ni argumentos que revelen arbitrariedad o error en la resolución inicial. Los magistrados subrayaron la ausencia de animadversión o enfrentamientos previos que motiven una denuncia falsa. Tampoco detectaron injerencias familiares para desprestigiar al encausado.

Declaración coherente ante la imposibilidad de precisar fechas concretas

La joven relató los hechos con seguridad y detalle sin incurrir en contradicciones durante el proceso penal. El TSJA matizó que la víctima no necesita concretar la fecha exacta de cada episodio al tratarse de acciones continuadas en el tiempo. La solidez de la prueba testifical desvirtuó la presunción de inocencia.

¿Consideras que la justicia debería endurecer las penas máximas cuando los abusos a menores se prolongan durante años en el entorno familiar?

[Foto: IA para Gemini / jerezsinfronteras.es]


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