
Descubre el hito de 1596: el Real Consejo de Castilla creó la prestigiosa canongía lectoral en la Colegial de Jerez, solo accesible a Doctores en Teología. Un reflejo del fervor post-Trento en la ciudad.
Un documento de oro en el calendario histórico de Jerez
La historia de Jerez de la Frontera está tejida con fechas y documentos que, a menudo olvidados, marcan hitos institucionales de gran calado. El 10 de noviembre de 1596 es uno de ellos. En esta fecha, el Real Consejo de Castilla, la máxima autoridad administrativa y judicial de la Corona, expidió una aprobación crucial que transformó la exigencia académica y religiosa de la entonces iglesia Colegial de Jerez (hoy Catedral). Este decreto oficializaba la creación de la canongía lectoral, un cargo de inmensa responsabilidad intelectual y espiritual.
La Colegial, que durante siglos aspiró a convertirse en sede episcopal, recibía así un espaldarazo de la Corona, obligándola a alinearse con las directrices del Concilio de Trento. La implantación de la canongía lectoral no era un mero trámite administrativo, sino una acción directa para elevar la calidad de la enseñanza teológica en el cabildo.
La canongía lectoral: El sello de calidad del Concilio de Trento
¿Qué significaba exactamente esta nueva posición? Históricamente, la canongía lectoral fue una de las llamadas «canonjías de oficio» establecidas a partir del Concilio de Trento (siglo XVI). Su finalidad primordial era asegurar que los clérigos de la diócesis recibieran formación continua y rigurosa en Sagradas Escrituras y teología. En esencia, el canónigo lectoral era el profesor principal del cabildo.
El decreto de 1596 no solo creó la plaza, sino que impuso dos condiciones que subrayan su prestigio y la seriedad de la reforma tridentina:
- Provisión por Oposición: El puesto debía proveerse mediante oposición, es decir, un concurso público de méritos y exámenes. Este método aseguraba que el cargo recayera sobre el aspirante más capacitado, alejándose de los nombramientos por mero privilegio o linaje.
- Requisito Académico Ineludible: Solo podían optar a la canongía lectoral aquellos que estuviesen en posesión del título de Doctor o Licenciado en Sagrada Teología. Este requisito, de altísimo nivel para la época, garantizaba que el canónigo tuviera la erudición necesaria para exponer e interpretar correctamente los textos sagrados, fortaleciendo la ortodoxia católica frente a las amenazas de la Reforma protestante.
La noticia de la aprobación de esta canongía lectoral en 1596 debió resonar en los círculos académicos y eclesiásticos de la ciudad, marcando una época donde la formación y la instrucción se convertían en pilares fundamentales de la vida capitular en Jerez. Este documento del Real Consejo de Castilla es una prueba fehaciente de la importancia que se concedía, hace más de cuatrocientos años, al conocimiento profundo de la fe.
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