El Ayuntamiento de Jerez emite un duro Bando Municipal para la Navidad 2025-2026. Te contamos todos los detalles de la prohibición de la venta ilegal de pirotecnia y el estricto control sobre quién puede comprarla y usarla. Preocupación y malestar en el sector.

La Navidad de 2025 en Jerez arranca con una nota de seria preocupación. El Ayuntamiento ha recordado, mediante un Bando Municipal, las estrictas normas que rigen la venta, suministro y uso de material pirotécnico, poniendo el foco especialmente en la lucha contra la venta ilegal de pirotecnia. La medida, anunciada tras la Junta Local de Seguridad de la Navidad 2025-2026 celebrada el pasado jueves, busca evitar accidentes y molestias, pero subraya el malestar ante un problema que parece recurrente cada año y que pone en riesgo a muchos ciudadanos.

El documento, emitido el 1 de noviembre de 2025 y disponible para consulta en la web municipal (puede acceder al Bando completo aquí: Bando Municipal Pirotecnia 2025), recuerda las normas establecidas conforme al Real Decreto 989/2015 y la Ordenanza Municipal de Policía y Buen Gobierno. La principal preocupación es la seguridad y el incumplimiento flagrante de la normativa que se detecta en estas fechas.

Se endurece el control contra la venta ilegal de pirotecnia

La normativa es clara y el Ayuntamiento ha querido incidir en dos prohibiciones clave que generan especial malestar en el consistorio.

En primer lugar, queda estrictamente prohibida la venta y el suministro de productos pirotécnicos en aquellos establecimientos que no cuenten con las preceptivas licencias gubernativa y municipal. Este punto va dirigido directamente a cortar de raíz la venta ilegal de pirotecnia en puestos o puntos no autorizados, una práctica peligrosa que carece de las garantías de seguridad que exigen los productos.

En segundo lugar, y no menos importante por el riesgo que implica, se prohíbe explícitamente la venta a aquellas personas que manifiesten de forma clara encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes. El objetivo es minimizar el riesgo de manipulación irresponsable que pueda provocar daños a terceros o a sí mismos.

Edades mínimas y categorías: ¿Quién puede comprar?

El Bando Municipal también hace hincapié en las restricciones por edad para la comercialización de artículos pirotécnicos, estableciendo tres categorías:

  • Categoría F1 (12 años): Venta a mayores de 12 años. Se trata de artificios de muy baja peligrosidad y ruido insignificante, destinados a zonas delimitadas, incluso dentro de edificios residenciales.
  • Categoría F2 (16 años): Venta a mayores de 16 años. Artificios de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido para ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas.
  • Categoría F3 (18 años): Uso limitado a mayores de 18 años. Artificios de peligrosidad media destinados a zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana.

Prohibición de disparos sin autorización y graves sanciones

Más allá de la venta ilegal de pirotecnia, la manipulación o disparo de cohetes, petardos y, en general, fuegos artificiales está prohibida salvo que se cuente con autorización municipal expresa. El Ayuntamiento apela a la responsabilidad ciudadana para evitar accidentes y molestias a personas y animales en vías y espacios públicos.

La advertencia final es clara y contundente: la Policía Local, en colaboración con el resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, velará por el estricto cumplimiento del bando. La infracción de la normativa no solo comportará la incoación del oportuno expediente sancionador (multas), sino también la incautación inmediata del material pirotécnico, incluyendo aquel encontrado en puntos de venta ilegal de pirotecnia no autorizados.

El mensaje del Ayuntamiento es de preocupación y un llamado al civismo y el estricto cumplimiento de la ley para que la diversión de unos no suponga el malestar o el peligro de otros.

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