
El Ayuntamiento de Jerez de la Frontera ha hecho público el Bando de Zambombas 2025, un documento crucial que articula la celebración de una de las manifestaciones culturales más singulares y auténticas de Andalucía. Este Bando no solo sienta las bases para garantizar una celebración ordenada y respetuosa, sino que confirma el periodo exacto en el que la ciudad se llenará de compás y villancicos flamencos.
Periodo oficial: Un mes de pura esencia navideña
El primer punto del Bando establece claramente el calendario oficial. El periodo concreto para el desarrollo de las Zambombas en Jerez 2025 se fija desde el viernes, 21 de noviembre al 25 de diciembre, ambos inclusive. Este mes y pico de fiesta garantiza la extensión y el disfrute de la «Navidad de Jerez«, declarada Fiesta de Interés Turístico de Andalucía en 2021, lo que subraya su importancia económica y cultural para la ciudad.
El Bando subraya la dimensión social, simbólica e identitaria de la zambomba jerezana, que goza del estatus de Bien de Interés Cultural (BIC) desde 2015. Esta declaración, sumada al fuerte impacto en la economía local, obliga a las autoridades a proteger y conservar los valores tradicionales del evento. Por ello, el objeto del Bando es claro: articular el control municipal para compatibilizar el descanso vecinal con el disfrute de jerezanos y visitantes.
¿Necesitas autorización? Las claves para las Zambombas en Jerez 2025
El documento establece una distinción clara entre las celebraciones que requieren autorización municipal y las que no.
No sujetas a autorización municipal:
- Las de ámbito familiar o privado.
- Las celebradas en centros de barrio si están dentro del programa de Participación Ciudadana.
- Las de establecimientos de ocio y esparcimiento (discotecas, teatros, auditorios) que estén amparadas por su licencia habitual (sin alterar aforo o niveles sonoros). En el caso de los salones de celebraciones, deben comunicarse al Ayuntamiento con 5 días hábiles de antelación.
- Las zambombas populares en establecimientos de hostelería con licencia. Son las que se conciben como celebración sociocultural sin equipos de amplificación de sonido, sin escenario, y sin modificar las características técnicas del local.
Sujetas a autorización municipal (y reguladas bajo el régimen del Decreto 195/2007, de carácter ocasional y extraordinario):
- Las que incluyan “actuaciones artísticas” con cantaores profesionales o grupos, donde los asistentes adquieren la condición de público espectador, se altere el local o se utilicen equipos de amplificación.
- Las celebradas por entidades sin ánimo de lucro (hermandades, peñas flamencas, asociaciones de vecinos) si no son de carácter privado.
- Las celebradas por empresas y entidades similares que no sean de carácter privado.
- Las que se organicen en vías o espacios de dominio público, que además requieren autorización expresa de ocupación.
Procedimiento y horarios: La letra pequeña importante
Para las Zambombas en Jerez 2025 que sí requieren autorización, los plazos de solicitud son estrictos:
- 10 días hábiles de antelación para las celebradas en establecimientos.
- 15 días hábiles de antelación para las que se celebren en vías públicas y zonas de dominio público.
Se advierte que las solicitudes no resueltas expresamente a la fecha prevista se entenderán desestimadas por silencio administrativo. Los modelos normalizados para la tramitación están disponibles en la web de la Delegación de Urbanismo.
En cuanto a los horarios:
- Las no sujetas a autorización se celebrarán desde las 15:00 hasta las 00:00 horas, salvo en el caso de establecimientos de ocio que se ajustan a su horario general.
- Las celebraciones en vías o espacios de dominio público no podrán superar las 02:00 horas de la madrugada. Sin embargo, las que se desarrollen en terrazas de veladores tienen como límite las 00:00 horas.
El Bando pone especial énfasis en el Centro Histórico, donde los elementos instalados deberán tener características estéticas adecuadas y se prohíbe el uso de luces de neón para evitar la contaminación visual. Además, en vías públicas, solo se autorizarán zambombas populares a entidades sin ánimo de lucro, con un máximo de dos por entidad (salvo si es contigua a su sede). Se prohíbe taxativamente que la entidad titular de la licencia acuerde con un tercero el uso o explotación, buscando preservar el espíritu popular y tradicional de la fiesta.
Finalmente, la Delegación Municipal de Cultura aprobará las bases reguladoras del Concurso de Zambombas, con criterios orientados a garantizar el respeto a las formas tradicionales y la adecuada ambientación navideña de las Zambombas en Jerez 2025.
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