
Una nueva ley para una nueva movilidad: la Ley 5/2025 marca un antes y un después para la circulación de patines eléctricos.
Los patines eléctricos han pasado de ser un juguete a un medio de transporte indispensable en las ciudades. Sin embargo, su creciente uso ha generado la necesidad de una regulación más estricta para garantizar la seguridad de todos. Con la aprobación de la Ley 5/2025, de 24 de julio, se establece un cambio fundamental que afectará a todos los usuarios de estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP): la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil.
¿Qué implica la nueva normativa?
A partir del 2 de enero de 2026, los patines eléctricos deberán contar con un seguro que cubra los posibles daños a terceros. Esta medida, que ya era obligatoria en algunas ciudades, se extiende ahora a todo el territorio español para unificar la normativa y ofrecer mayor protección tanto a los usuarios como a los peatones y otros conductores. La ley define los límites de velocidad y peso para estos vehículos y establece que un seguro de hogar ya no será suficiente para cubrir su uso.
Sanciones y coberturas del nuevo seguro de patines eléctricos
Circular con un patín eléctrico sin el seguro obligatorio acarreará multas que pueden oscilar entre los 601 y los 3.005 euros. En caso de causar un accidente, la falta de seguro puede derivar en consecuencias económicas muy graves para el propietario del vehículo. El seguro obligatorio de patines eléctricos cubrirá hasta 6,45 millones de euros en daños personales y 1,3 millones de euros en daños materiales.
La adaptación a la nueva ley para los usuarios de patines eléctricos
Esta nueva regulación busca aportar tranquilidad y seguridad en el uso de patines eléctricos. Es una oportunidad para que los usuarios se informen y contraten el seguro que mejor se adapte a sus necesidades, evitando así posibles sanciones y garantizando un respaldo económico y legal en caso de cualquier eventualidad.
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