
Descubre un curioso edicto de 1681 que prohibía comer y beber en lugares sagrados. ¿Cómo se relaciona esta historia con la rica cultura de Jerez?
En el vibrante y soleado Jerez de la Frontera, ciudad conocida por su exquisito vino, su apasionado flamenco y su arraigada historia, a veces nos encontramos con relatos del pasado que nos dibujan una sonrisa y nos invitan a la reflexión. Hoy nos trasladamos en el tiempo, concretamente al año 1681, para desenterrar una prohibición cuanto menos curiosa que afectaba directamente a las costumbres de la época. Una directriz que, aunque pueda parecer lejana y anecdótica, nos hace pensar en cómo han evolucionado nuestras interacciones con los espacios considerados sagrados.
Corría el siglo XVII cuando el influyente Cardenal Portocarrero emitió un edicto que, leído con ojos del siglo XXI, resulta bastante llamativo. En él, se prohibía de forma tajante «el abuso detestable introducido en la Corte» de almorzar, comer, merendar, beber o tomar chocolate y otros refrescos en lugares sagrados. Imaginen por un instante la escena: ¿personas disfrutando de un refrigerio dentro de una iglesia? Para nuestra mentalidad actual, esta imagen puede resultar sorprendente e incluso irreverente, pero sin duda nos ofrece una fascinante ventana a las costumbres y preocupaciones de hace más de tres siglos.
Un edicto con sabor a historia y tradición
Este edicto de 29 de abril de 1681 del Cardenal Portocarrero nos transporta a una época donde las normas sociales y las costumbres religiosas eran muy diferentes a las que conocemos hoy en día. La mención del «abuso detestable introducido en la Corte» sugiere que la práctica de consumir alimentos y bebidas en lugares sagrados no era un hecho aislado, sino una tendencia que preocupaba seriamente a las autoridades eclesiásticas. Es interesante observar la variedad de acciones que se prohibían explícitamente: almorzar, comer, merendar, beber e incluso tomar chocolate, una bebida entonces exótica y muy apreciada. Esto nos da una valiosa pista de que la gente no se limitaba a un discreto sorbo de agua, sino que quizás los templos se habían convertido, en cierta medida, en lugares donde se compartían comidas y momentos de socialización, algo que para la profunda religiosidad de la época se consideraba una grave falta de respeto hacia la santidad del lugar.
La figura del Cardenal Portocarrero añade un elemento de peso a esta historia. Manuel Arias de Portocarrero fue una figura eclesiástica de gran influencia en la España de finales del siglo XVII, llegando a ser Arzobispo de Toledo y una figura clave en la corte del rey Carlos II. Que un personaje de su calibre emitiera un edicto de esta naturaleza subraya la seriedad con la que se tomaba este asunto. El hecho de que la fuente de esta información provenga directamente del Archivo Diocesano de Toledo le otorga una autenticidad histórica innegable, permitiéndonos asomarnos a las preocupaciones y las normas de una sociedad que, en muchos aspectos, era radicalmente diferente a la nuestra.
¿Por qué esta prohibición? Reflexiones sobre el pasado y el presente
Podemos especular sobre las diversas razones que llevaron al Cardenal Portocarrero a tomar una medida tan drástica. Es muy probable que la preocupación principal fuera mantener la solemnidad y el respeto en los lugares de culto. La idea de que las iglesias, espacios dedicados a la oración, la reflexión espiritual y la celebración de los sacramentos, se convirtieran en improvisados comedores o lugares de reunión social, seguramente chocaba frontalmente con la profunda concepción de lo sagrado que se tenía en aquella época. Además, la mención específica de la Corte sugiere que esta costumbre podría estar particularmente extendida entre las élites sociales, lo que quizás añadía un componente de preocupación por el ejemplo que se estaba dando al resto de la sociedad.
También es posible que esta prohibición estuviera relacionada con cuestiones prácticas de higiene y limpieza. Imaginemos por un momento los posibles restos de comida y bebida esparcidos por los suelos de los templos, algo que sin duda no contribuía al mantenimiento y la pulcritud de estos espacios. En una época donde las normas de higiene no eran las que conocemos hoy en día, esta podría haber sido una preocupación adicional para las autoridades eclesiásticas.
De Toledo a Jerez: ¿Ha cambiado mucho la perspectiva?
Aunque este edicto se emitió en el contexto de la Corte y la fuente sea el Archivo Diocesano de Toledo, es inevitable preguntarnos si esta costumbre de comer y beber en lugares sagrados llegó a extenderse a otras ciudades importantes como nuestro querido Jerez de la Frontera. Si bien no disponemos de un edicto específico para Jerez de esa época, es plausible pensar que las preocupaciones sobre el mantenimiento del respeto y la solemnidad en los templos eran comunes en toda la cristiandad.
Hoy en día, la idea de consumir alimentos o bebidas dentro de una iglesia nos resulta, en general, inapropiada. Las normas sociales han evolucionado significativamente y entendemos que los lugares de culto requieren un comportamiento respetuoso y acorde a su función. Sin embargo, la historia de este edicto del Cardenal Portocarrero nos recuerda que las costumbres cambian con el tiempo y que lo que hoy nos parece impensable, en el pasado pudo haber sido una práctica relativamente común.
En Jerez, con su fuerte tradición religiosa y sus numerosas iglesias y templos de gran valor histórico y artístico, el respeto por estos lugares sigue siendo una parte fundamental de la cultura local. Si bien es difícil imaginar a alguien disfrutando de un almuerzo completo dentro de la majestuosa Catedral o la emblemática Iglesia de San Miguel, quizás esta curiosa anécdota histórica nos invite a reflexionar sobre cómo interactuamos actualmente con los espacios que consideramos sagrados y cómo nuestras costumbres, en esencia, continúan evolucionando con el paso de los siglos. Quién sabe, quizás en el futuro, algunas de nuestras prácticas actuales también les parezcan sorprendentemente extrañas a las generaciones venideras.
Conclusión
Este edicto de 1681 del Cardenal Portocarrero nos ofrece una fascinante y peculiar mirada al pasado, revelando una costumbre que hoy nos resulta cuanto menos sorprendente. La prohibición de almorzar, comer, merendar, beber o tomar chocolate en lugares sagrados nos invita a reflexionar sobre la constante evolución de las normas sociales y la importancia del respeto en los espacios de culto. Aunque esta historia tenga sus raíces en la Corte y en la ciudad de Toledo, nos conecta de alguna manera con una preocupación universal por la solemnidad y la sacralidad, un valor que, de una forma u otra, sigue profundamente arraigado en la rica cultura de nuestro Jerez de la Frontera.
Imágenes:
– de la cabecera, creada con IA
– resto © Archivo Diocesano de Toledo