Descubre cómo una sentencia clave puede cambiar la noche en Jerez sin ruidos. La justicia actúa contra el exceso sonoro.

La tranquilidad de los vecinos en Jerez de la Frontera es una prioridad que, en ocasiones, se ve comprometida. Recientemente, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha puesto de manifiesto la importancia de la acción municipal frente a la contaminación acústica. Aunque este fallo se originó en otra ciudad, establece un precedente significativo para localidades como la nuestra, donde el ocio nocturno y las aglomeraciones pueden generar molestias considerables.

El tribunal condenó a un ayuntamiento por su pasividad ante los constantes ruidos nocturnos que afectaban a un residente. Se reconocieron daños fundamentales a la intimidad personal y familiar, así como a la inviolabilidad del hogar, debido a la exposición prolongada a niveles de ruido excesivos. Es importante recordar que el derecho a disfrutar del propio domicilio sin intromisiones sonoras es un pilar de nuestra convivencia.

La resolución judicial subraya que la inacción de la administración local causó un daño moral continuo al demandante. La sentencia enfatiza que el derecho a la intimidad personal y familiar incluye la protección del domicilio de cualquier tipo de invasión, incluyendo la generada por ruidos. Este punto es crucial, ya que destaca que la afectación no solo se produce por una intrusión física, sino también por la perturbación sonora.

Un patrón de intervenciones judiciales

Este no es un caso aislado; la justicia ha intervenido en situaciones similares en el pasado:

  • En 2001, hubo sentencias por ruidos de pubs en Cabo de Palos.
  • En 2006, la problemática giró en torno a ruidos, malos olores y molestias de una depuradora industrial.
  • En 2007, se abordaron las molestias de pubs en Cieza y, ese mismo año, los ruidos de un local en Jumilla también fueron objeto de pronunciamiento judicial.

En el caso específico de Murcia, la zona afectada había sido declarada como Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) desde 2018, lo que implicaba la adopción de medidas de control. Entre estas medidas se incluían:

  • La instalación de una red de medidores acústicos para registros continuos.
  • La intensificación del control del orden público y de los establecimientos.
  • La creación de la figura del mediador de ocio.
  • El refuerzo de la inspección ambiental para verificar la adecuación de los locales existentes.
  • La restricción de nuevas licencias en calles con superaciones de los niveles acústicos nocturnos, según el mapa de ruido de ocio.

Estas acciones muestran un camino posible para lograr un Jerez sin ruidos.

Compromiso con la tranquilidad en Jerez

La sentencia de Murcia no solo condena la inacción, sino que también establece una reparación económica. Se ha ordenado al ayuntamiento indemnizar al afectado con 13.000 euros anuales desde mayo de 2022, hasta que se implementen medidas efectivas que eliminen las molestias acústicas. Esta compensación económica refleja la gravedad del perjuicio causado y la importancia de una solución pronta y eficaz.

Las pruebas presentadas en el caso fueron contundentes e incluyeron informes periciales acústicos y psicológicos, así como material videográfico y testimonios. Todo ello confirmó que los niveles de ruido superaban lo permitido por la normativa municipal y que se había producido un daño significativo en la salud del demandante. Resulta fácil entender que la presencia masiva de personas durante la noche genera un volumen de ruido que, sin duda, resulta molesto para los vecinos próximos a los locales de ocio.

El afectado padece un trastorno de adaptación con ansiedad persistente. El informe psicológico pericial forense ratificó la conexión causal entre la situación de ruido generada por estos establecimientos y los trastornos que sufre, como síntomas de ansiedad, hiperactivación, rumiaciones cognitivas y la tendencia a evitar el estímulo estresante. Este tipo de consecuencias refuerza la necesidad de un Jerez sin ruidos.

Esta sentencia abre la puerta a un posible recurso ante el Tribunal Supremo, en caso de que se considere que existe un interés casacional. La resolución, sin embargo, sienta un precedente relevante para la protección de la calidad de vida en nuestras ciudades. Es un recordatorio de que la responsabilidad de las administraciones en la gestión del ruido es fundamental para garantizar el bienestar de los ciudadanos y lograr un Jerez sin ruidos.

¿Cómo presentar una denuncia por ruidos en Jerez de la Frontera?

Si te ves afectado por ruidos excesivos en Jerez, es importante que sepas cómo actuar. Aquí te detallo los pasos y opciones para presentar una denuncia:

  1. Recopila información: Antes de nada, intenta documentar lo máximo posible:

    • Fecha y hora: Anota cuándo se producen los ruidos.
    • Tipo de ruido: Describe qué tipo de ruido es (música alta, ladridos, obras, voces, maquinaria, etc.).
    • Origen del ruido: Identifica de dónde proviene el ruido (un local, un vecino, una obra).
    • Intensidad: Si es posible, y si tienes alguna aplicación orientativa en el móvil (aunque no es una prueba legal, te puede dar una idea), anota la intensidad percibida.
    • Frecuencia y duración: ¿Es un ruido constante o puntual? ¿Cuánto tiempo dura?
    • Impacto: Anota cómo te afecta (no puedes dormir, te impide concentrarte, genera estrés, etc.).
  2. Contacto inicial (si es posible y seguro): A veces, un primer intento de comunicación directa y amable con la fuente del ruido puede resolver el problema. Sin embargo, no siempre es factible o seguro, así que procede con cautela.

  3. Llama a la Policía Local: Esta suele ser la vía más inmediata y efectiva para ruidos en el momento.

    • Número: Marca el 092 (o el 112 para emergencias generales si no consigues contactar).
    • ¿Qué hacer? Explica claramente la situación, la dirección exacta y el tipo de ruido. Pide que una patrulla se persone para realizar una medición acústica si lo consideran oportuno, o al menos para que sean testigos de la molestia. Es crucial que quede constancia de tu llamada y de la intervención.
    • Importancia: La intervención de la Policía Local es fundamental, ya que sus informes y posibles mediciones pueden servir como prueba en un proceso posterior.
  4. Presenta una denuncia formal en el Ayuntamiento: Si el problema persiste o si necesitas una actuación continuada, deberás formalizar una denuncia ante el Ayuntamiento.

    • Vías: Puedes hacerlo de forma presencial en las oficinas de atención al ciudadano o, a través de su Sede Electrónica con tu certificado digital.
    • ¿Qué incluir? Detalla toda la información recopilada en el punto 1. Si la Policía Local ha intervenido previamente, haz referencia a esas intervenciones. Puedes adjuntar cualquier prueba que tengas (videos, grabaciones, aunque como se mencionó, las mediciones oficiales son las que tienen peso legal).
    • Departamento: Generalmente, estas denuncias se gestionan a través del área de Medio Ambiente o Urbanismo, o directamente en la delegación encargada de la aplicación de la ordenanza de ruido.
    • Seguimiento: Una vez presentada la denuncia, es importante que hagas seguimiento para conocer el estado de la tramitación y las actuaciones que se están llevando a cabo.
  5. Vía legal (si no hay solución): Si tras los pasos anteriores el problema persiste y el Ayuntamiento no toma medidas efectivas, puedes considerar la vía judicial, como se vio en el caso de Murcia. Para ello, necesitarás asesoramiento legal (un abogado) y probablemente informes periciales acústicos privados que certifiquen los niveles de ruido y el impacto en tu salud.

Jerez sin ruidos: límites (referencia basada en normativa andaluza)

La nueva ordenanza de Jerez se basará en gran medida en el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica de Andalucía (Decreto 326/2003). Aunque la ordenanza local puede especificar matices, estos son los límites generales que rigen para el exterior de las edificaciones y para el interior de las viviendas (donde se percibe el ruido):

Los valores se miden en decibelios (dB) y varían según la zona de uso del suelo y el periodo horario:

  • Periodo Día: De 07:00 a 23:00 horas
  • Periodo Noche: De 23:00 a 07:00 horas

A continuación, se muestran los límites de inmisión (niveles de ruido que llegan al receptor) más comunes:

Tipo de Zona Acústica Período Límite en Exterior (dB(A)) Límite en Interior (dB(A)) (en dormitorios) Límite en Interior (dB(A)) (resto de estancias)
Residencial Día 55 30 35
Noche 45 25 30
Sanitario/Educativo Día 50 30 35
Noche 40 25 30
Terciario/Oficinas Día 60 40 45
Noche 50 30 35

Notas importantes:

  • dB(A): Se refiere a la ponderación A, que simula la forma en que el oído humano percibe el sonido.
  • Zona Acústica: La clasificación de las zonas (residencial, industrial, terciario, etc.) se establece en el planeamiento urbanístico municipal.
  • Excepciones: Hay excepciones para ruidos de corta duración, ruidos generados por el tráfico (que tienen su propia regulación), obras de emergencia, etc.
  • Ruido de ocio: La nueva ordenanza de Jerez hará especial hincapié en la regulación del ruido generado por bares, pubs y terrazas, con posibles restricciones horarias y de niveles en ciertas zonas.

Es crucial entender que estos límites son los valores máximos permitidos. Cualquier ruido que supere estos niveles, especialmente de forma continuada y en horario nocturno en zonas residenciales, es motivo de denuncia.

Imagen generada con IA

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